En Colombia, la aplicación de beneficios judiciales para personas privadas de la libertad sigue siendo un tema de amplio debate. Recientemente, el presidente Gustavo Petro planteó la posibilidad de que la ley que protege a madres cabeza de familia pueda ser aplicada en ciertos casos específicos. Sin embargo, la ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, aclaró que la concesión de estos beneficios depende exclusivamente de los jueces de ejecución de penas.
El caso de Daneidy Barrera Rojas, conocida como Epa Colombia, ha puesto en discusión los criterios para acceder a medidas sustitutivas de prisión. Condenada a cinco años de cárcel por daños a bienes públicos, su defensa argumenta que debe acceder a beneficios por su rol como madre cabeza de hogar. No obstante, la ministra Buitrago precisó que la legislación vigente establece condiciones específicas y no aplica a todos los delitos, especialmente aquellos relacionados con instigación para delinquir.

El debate jurídico sobre este caso ha generado opiniones divididas. Mientras algunos consideran que las leyes deben ser interpretadas con mayor flexibilidad para permitir la reinserción social, otros advierten sobre el riesgo de generar precedentes que puedan debilitar la autoridad judicial. En este sentido, el Gobierno y el Congreso continúan evaluando la implementación de políticas penitenciarias que garanticen el respeto a la ley y la equidad en la administración de justicia.
Este caso pone de manifiesto la importancia de revisar y fortalecer los mecanismos de acceso a beneficios judiciales, asegurando que estos se concedan de manera justa y bajo criterios claros que respeten el debido proceso y el marco legal vigente en el país.
Por: Edward Cipagauta








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